sábado, 5 de febrero de 2011

COMITÉ DE PROTECCIÓN CIVIL LOCAL


FUNCIONES

  1. Elaborar y presentar conforme a las directrices de la oficina de Protección Civil Municipal, el Plan Local para emergencias y desastres.
  2. Asesorar y apoyar el desarrollo de programas de adiestramiento de la población local en materia de Protección Civil
  3. Coordinar y contribuir con los recursos humanos y materiales para las acciones  de prevención, mitigación, preparación, alerta, respuesta, rehabilitación y reconstrucción.
  4. Establecer, dirigir, ejecutar, evaluar y controlar la organización local para emergencias y desastres.
  5. Velar y mantener los enlaces necesarios con las instituciones establecidas en la jurisdicción (residencial, educativo, salud, iglesia, comercios, industrias, oficinas de servicios públicas y privadas, organizaciones no gubernamentales), para que cuenten con un plan de emergencia vinculado al Plan Local, en materia de Protección Civil.
  6. Coordinar las Brigadas de Protección Civil Local.
  7. Reportar su gestión a la oficina de Protección Civil Municipal.

De los Miembros del Comité
  1. Informar al comité de las actividades realizadas
  2. Hacer sugerencias y motivar al grupo en la realización de tareas.
  3. Vigilar el cumplimiento de las normas y disposiciones establecidas.
  4. Atender los planteamientos de la comunidad en materia de Protección Civil y llevarlos al Comité para su estudio.
  5. Firmar las actas de las reuniones del Comité.
  6. Presentar informes al Comité.

Del coordinador de emergencia:
  1. Informar en forma oral o por escrito, a la oficina de Protección Civil, el resultado de las reuniones y desarrollo de actividades en materia de Protección Civil en la Localidad.
  2. Coordinar, planificar y orientar las reuniones.
  3. Elaborar conjuntamente con el comité y las Brigadas, el Plan Local para emergencias y desastres.
  4. Dirigir la ejecución del  Plan local para emergencias y desastres
  5. Establecer el planeamiento, ejecución y evaluación del Plan Local
  6. Coordina el trabajo del personal a su cargo.
  7. Supervisa y evalúa las labores del Comité de Protección Civil Local.
  8. Promover las actividades de capacitación del Comité, de las brigadas y de la población en general asentada en la localidad.
  9. Dirigir las acciones de los coordinadores de brigadas.
  10. Elaborar la agenda de reuniones.
  11. Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias. a los miembros del Comité y comisiones de apoyo.
  12. Firmar la correspondencia emitida por el Comité.

Del secretario:
  1. Llevar el control de asistencia.
  2. Preparar un acta de cada sesión.
  3. Mantener actas vigentes y sus archivos correspondientes.
  4. Recibir y enviar  las correspondencias
  5. Redactar y transcribir los acuerdos emanados en las reuniones.
De los otros miembros del Comité:
  1. Ejecutar todas aquellas actividades que le asigne el Comité.
  2. Suplir las ausencias del secretario y demás miembros del Comité.

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